LA JEP ADVIERTE QUE PERSISTE LA DESARTICULACIÓN ENTRE ENTIDADES DEL GOBIERNO PARA EVITAR LOS ASESINATOS DE FIRMANTES DEL ACUERDO FINAL DE PAZ.
La JEP les ordenó a los ministerios de Defensa y del Interior, al Comisionado de Paz, al Consejero Presidencial para la Estabilización, a la Fiscalía y otras entidades adoptar de manera urgente las medidas para evitar el asesinato de excombatientes de las Farc-EP.
A la fecha más de 250 excombatientes de las Farc-EP han sido asesinados
después de la firma del Acuerdo Final de Paz.
No son suficientes los esfuerzos del Gobierno Nacional, y de otras
entidades del Estado, para evitar nuevos asesinatos de excombatientes de las
Farc-EP. Así lo advirtió la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP quien
emitió órdenes a distintas instituciones para que adopten las acciones
necesarias para proteger de manera integral a más de 9 mil excombatientes que
se encuentran en proceso de reincorporación después de la firma del Acuerdo
Final de Paz.
Proteger los derechos fundamentales de los comparecientes ante la JEP,
no solo redunda en el compromiso del Estado con quienes dejaron las armas para
sustituirlas por el ejercicio activo de la política, sino con quienes sufrieron
los vejámenes del conflicto armado. La muerte de cada compareciente priva a las
víctimas de materializar sus derechos a la verdad plena, participar de las
audiencias de reconocimiento y saber el lugar donde se encuentran los restos de
sus seres queridos.
Diez meses después de que la Sección de Ausencia de Reconocimiento de
la JEP empezó el estudio de medidas cautelares colectivas para proteger a los
comparecientes de las Farc-EP, la jurisdicción encontró que se cumplen con los
requisitos de gravedad, urgencia y necesidad para impartir órdenes a distintas
autoridades, como a los ministerios de Defensa y del Interior, la Fiscalía y la
Defensoría del Pueblo, así como exhortar a la Procuraduría General para que se
fortalezca el monitoreo y seguimiento de los resultados, eficacia y el
cumplimiento de las Alertas Tempranas.
Las órdenes que impartió la Sección el 26 de febrero se dan luego de
convocar a una Audiencia Pública Nacional —el pasado 25 de noviembre— donde los
magistrados escucharon rendir cuentas a distintas instituciones del Gobierno y
a la Fiscalía sobre su gestión para contener y prevenir el asesinato y las
amenazas de firmantes del Acuerdo Final de Paz. La Audiencia se dio luego de
tres diligencias que se realizaron en 2020 en Antioquia, Meta y el suroccidente
del país con población desmovilizada en riesgo.
A partir de esta radiografía, la Sección de Ausencia de Reconocimiento
de la JEP emitió tres autos el 26 de febrero con los que le ordenó: 1) al
Ministerio de Defensa apoyar a la Fiscalía General de la Nación para que pueda
avanzar con las investigaciones judiciales en las zonas donde no se le ha
permitido trabajar porque son de alto riesgo en materia de seguridad. 2)
Requirió al Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos, para que al término
de 15 días envíe a la JEP los lineamientos y el plan de acción de la Política
Pública y Criminal en materia de desmantelamiento de organizaciones
criminales.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP también ordenó que:
3) la Defensoría del Pueblo, entre otras cosas, deberá fortalecer el Sistema de
Alertas Tempranas. 4) El Ministerio del Interior deberá implementar indicadores
de seguimiento a la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las
Alertas Tempranas para la Reacción Rápida, y mejorar su respuesta institucional
frente a las situaciones de riesgo que le sean advertidas. 5) La Unidad
Nacional de Protección deberá ejecutar la totalidad de medidas para la
protección de la vida de los excombatientes.
Por su parte, la JEP también le ordenó: 6) a la Unidad Especial de Investigación
de la Fiscalía informar sobre los avances en las investigaciones de 19
excombatientes de las Farc-EP asesinados y que denunciaron previamente
amenazas. Así mismo, deberá informar qué ha pasado con el esclarecimiento de
los homicidios, desapariciones forzadas, desplazamiento forzado y denuncias
reportadas. Finalmente, la Sección le ordenó: 7) al Consejo Superior de la
Judicatura informar mensualmente sobre los procesos que reposan en sus bases de
datos relacionados contra delitos cometidos contra los excombatientes después
del primero de diciembre de 2016.
QUÉ ESTA FALLANDO
Entre otras cosas, la JEP encontró que al interior de la Defensoría del
Pueblo no se ha establecido una dependencia que coordine de manera general los
temas de garantías de derechos de los excombatientes. Hay un bajo nivel en el
acatamiento de las recomendaciones que hace la entidad al Ministerio del
Interior, pero tampoco hay acciones judiciales o disciplinarias interpuestas
ante las autoridades que busquen asegurar el cumplimiento de las competencias
de las entidades del Gobierno en materia de protección de excombatientes.
La JEP encontró que persiste la desarticulación, ausencia o escasez de
respuesta pronta y eficaz por parte de las autoridades competentes para la mitigación
o disuasión de riesgos; además, los espacios interinstitucionales no resultan
eficaces para ese propósito, ni se detectan herramientas o instrumentos idóneos
de medición de resultados de las acciones emprendidas.
En el caso de a Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía, la JEP
encontró que las cifras de esclarecimiento de los hechos relacionados con
homicidios, tentativas de homicidios y desapariciones forzadas de personas
reincorporadas de las Farc-EP solo reflejan 33 sentencias proferidas en los 280
procesos iniciados. En relación con las amenazas la situación es aún más
compleja, pues apenas se han proferido 7 sentencias en las 251 investigaciones
realizadas, lo cual no representa ni siquiera el 2% de las investigaciones.
OTRAS DECISIONES
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP negó el recurso de
apelación que interpuso el Consejero Presidencial para la Estabilización y la
Consolidación, Emilio Archila, y le advirtió que él es quien debe velar por la
implementación del Plan Estratégico de Seguridad y Protección. “En tanto el
cumplimiento de funciones y obligaciones del Estado no deben estar sujetas a
las órdenes emitidas por los tribunales. Por el contrario, mientras pasan los
días, continúan sin tregua los hechos violentos contra los y las firmantes del
Acuerdo”, le advierte la JEP.
Hay que recordar que las medidas cautelares son aquellas disposiciones
judiciales para que de manera pronta y efectiva las autoridades competentes den
respuesta para proteger los derechos a la vida, integridad y otros, en este
caso de los comparecientes, frente a la vulneración real o potencial de esos
derechos.
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